¿Cómo se calcula la liquidación final?

Se le llama liquidación final a aquella indemnización que le corresponde al trabajador por renuncia o despido. Es importante saber que no todas las maneras de finalización del contrato laboral tienen como resultado una indemnización. En Argentina, según lo dicta la ley laboral y los convenios colectivos, es sólo el despido injustificado el que tendrá como consecuencia el pago de una indemnización por parte del empleador. Otro dato que es conveniente que todo trabajador sepa, es cómo se calcula la liquidación final correctamente.

La indemnización por despido injustificado se calcula tomando el mejor salario del año por cada año de servicio o por cada fracción mayor a 3 meses si es que el empleado no cumplió el año. Por ejemplo: si el trabajador tiene 3 años de antigüedad se multiplicará el mejor sueldo del último año por 3.

A su vez se puede sumar la liquidación sustitutiva de preaviso. Esto es si el empleador no cumple con el tiempo estipulado de preaviso para el despido según la antigüedad del trabajador y prefiere pagar una indemnización por ello. Según lo establece la ley de Contrato de Trabajo, si un empleador quiere extinguir un contrato de trabajo debe cumplir con un período de 15 días de preaviso si el trabajador está en período de prueba. Si, por otro lado, el trabajador tiene más de 3 meses pero menos de 5 años de servicio el período será de un mes. Y, por último, para los empleados con más de dos años de antigüedad el período será de dos meses.

Entonces, en el caso de la indemnización por preaviso se debe calcular que el empleador tiene que pagarle a su empleado el monto igual a su último salario si tiene una antigüedad menor a 5 años, y si tiene una antigüedad mayor a 5 años ese mismo monto pero multiplicado por dos.

Por otro lado, en caso de renuncia o de despido con causa justificada no se deberá abonar una indemnización al empleado, pero si se debe calcular una liquidación final. Para una renuncia se debe contar con los siguientes datos: fecha de ingreso real, si la que figura en los recibos o ficha de alta de la AFIP no es la correcta entonces se tendrá que hacer el reclamo correspondiente; fecha de renuncia, la cual se determina el día en que el empleador recibió el telegrama de renuncia; y, por último, el último salario bruto percibido.

Entonces para calcular la liquidación final se debe tomar el proporcional de días trabajados del último mes, el SAC y las vacaciones no gozadas. Cada caso es distinto ya que tiene sus propias variantes como por ejemplo la antigüedad, el presentismo, etc. Por lo cual es muy conveniente consultar con un abogado a la hora de realizar el cálculo de liquidación final por renuncia o despido con causa justificada.

 

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