{"id":116,"date":"2018-06-01T18:01:11","date_gmt":"2018-06-01T18:01:11","guid":{"rendered":"http:\/\/www.elabogadolaboral.com.ar\/blog\/?p=116"},"modified":"2018-06-01T18:01:11","modified_gmt":"2018-06-01T18:01:11","slug":"asesoramiento-por-despido-laboral-lo-que-debe-saber","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elabogadolaboral.com.ar\/blog\/asesoramiento-por-despido-laboral-lo-que-debe-saber\/","title":{"rendered":"Asesoramiento por despido laboral, lo que debe saber"},"content":{"rendered":"<p>A la hora de enfrentarnos con un <a href=\"http:\/\/www.elabogadolaboral.com.ar\/despido-laboral.php\">despido laboral<\/a> es muy importante conocer los derechos de los trabajadores para as\u00ed hacerlos valer. Adem\u00e1s, el empleador debe realizar el despido seg\u00fan lo estipulado por la ley y pagarle al empleado una indemnizaci\u00f3n si el despido es sin causa. En caso de haber irregularidades en este proceso conviene asesorarse con un <a href=\"http:\/\/www.elabogadolaboral.com.ar\">abogado laboral<\/a> y comenzar un proceso judicial o bien una <a href=\"http:\/\/www.elabogadolaboral.com.ar\/servicio-de-conciliacion-laboral-obligatoria.php\">etapa conciliatoria<\/a>.<\/p>\n<p>En primer lugar debemos saber que en Argentina <strong>la \u00fanica forma correcta y legal de anunciar un despido a un empleado es por medio de un telegrama laboral<\/strong>. \u00c9ste deber\u00e1 detallar las causas de la extinci\u00f3n del contrato de trabajo y el plazo en el cual se har\u00e1 efectivo el mismo. Los despidos que hayan sido comunicados por otro medio o verbalmente no ser\u00e1n v\u00e1lidos y carecer\u00e1n de legalidad.<\/p>\n<p>Si usted cree que tiene los fundamentos suficientes puede reclamar una reincorporaci\u00f3n. Esto sucede en casos como discriminaci\u00f3n por embarazo por ejemplo, pero siempre conviene asesorarse con un <a href=\"http:\/\/www.elabogadolaboral.com.ar\">abogado laboral<\/a> antes de hacerlo.<\/p>\n<p>Si el despido es \u201csin causa\u201d el empleador deber\u00e1 avisar al trabajador con 30 d\u00edas de antelaci\u00f3n y adem\u00e1s abonarle la indemnizaci\u00f3n que le corresponde. Esta \u00faltima se calcula tomando un mes del mejor salario mensual, habitual y normal por cada a\u00f1o trabajado en la empresa, o por cada fracci\u00f3n mayor a 3 meses.<\/p>\n<p>Si por medio de la fuerza se obstaculiza el ingreso al puesto de trabajo no se debe demorar en enviar un telegrama exigiendo los motivos y tambi\u00e9n se puede dejar constancia de eso con un escribano.<\/p>\n<p>Otra cuesti\u00f3n a tener en cuenta es que si se trata de un despido masivo es muy recomendable asistir a las asambleas para informarse correctamente y para poder delimitar las acciones convenientes que se van a llevar a cabo.<\/p>\n<p>Para poder realizar cualquier acci\u00f3n frente a un <a href=\"http:\/\/www.elabogadolaboral.com.ar\/despido-laboral.php\">despido laboral<\/a> es indispensable contar con los siguientes datos: empresa para la cual se trabajaba, fecha de ingreso al puesto de trabajo, funciones y tareas efectuadas, cargos ocupados, medio de pago, modalidad de contrato de trabajo, copia del contrato y testigos.<\/p>\n<p>Asimismo, es muy importante saber que<strong> en caso de querer realizar un reclamo por una indemnizaci\u00f3n injusta, mal cobrada o no cobrada en lo absoluto, se debe realizar dentro de los dos a\u00f1os de ocurrido el hecho<\/strong> y convenientemente con el asesoramiento de un <a href=\"http:\/\/www.elabogadolaboral.com.ar\">abogado laboral<\/a> que sepa cu\u00e1l es el mejor curso a tomar.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>A la hora de enfrentarnos con un despido laboral es muy importante conocer los derechos de los trabajadores para as\u00ed hacerlos valer. 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