{"id":164,"date":"2018-09-07T15:42:28","date_gmt":"2018-09-07T15:42:28","guid":{"rendered":"http:\/\/www.elabogadolaboral.com.ar\/blog\/?p=164"},"modified":"2018-09-11T17:47:30","modified_gmt":"2018-09-11T17:47:30","slug":"que-es-una-sucesion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elabogadolaboral.com.ar\/blog\/que-es-una-sucesion\/","title":{"rendered":"\u00bfQu\u00e9 es una sucesi\u00f3n?"},"content":{"rendered":"<p>La sucesi\u00f3n es un proceso de traspaso de herencia que se inicia al momento de la muerte de una persona. La herencia comprende los bienes materiales, los derechos y las obligaciones del fallecido. Es decir, tambi\u00e9n se heredan por ejemplo las deudas, los cr\u00e9ditos, los derechos de autor, etc.<\/p>\n<p>Al momento de la muerte de\u00a0 una persona se abre la sucesi\u00f3n haya realizado o no un testamento. Si el individuo ha dejado un testamento en el que establece detalladamente la distribuci\u00f3n de sus bienes, entonces la sucesi\u00f3n se denomina testamentaria. Por el contrario, si no lo ha hecho se efect\u00faa la sucesi\u00f3n por ley, bajo la cual el patrimonio del fallecido se asigna seg\u00fan las leyes del C\u00f3digo Civil y Comercial de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Los sobrevivientes que reciben la herencia se denominan ante la ley como sucesores. La persona fallecida es denominada como el causante, y el conjunto de bienes del cual era titular, es decir, su patrimonio, se los denomina bienes relictos. Asimismo, un legatario es la persona que recibe por decisi\u00f3n del causante un bien o un conjunto de bienes determinados.<\/p>\n<p>Otro aspecto a saber sobre una sucesi\u00f3n es el concepto de indignidad para suceder. Esto significa que una persona, por determinados motivos, puede resultar indigno para heredar bienes. Las causas pueden ser: que hayan ofendido la memoria del causante o lo hayan maltratado; los que no hayan realizado la denuncia de la muerte del causante por causa de un deliro doloso; los parientes que no hayan llevado al causante a un lugar para que velen mejor por \u00e9l, en caso de no poder hacerlo por s\u00ed mismo, o no le hayan dado alimentos; los que hayan cometido o sean c\u00f3mplices de un delito doloso contra el causante, sus parientes o su conviviente; los que acusaron de un delito al causante, salvo que ellos mismos o sus parientes hayan sido la v\u00edctima del delito o que hayan hecho la denuncia por un cumplimento legal; el padre o madre que no tuvieron la responsabilidad parental; los que influenciaron al causante para que disponga el testamento, lo modifique o no lo haga; el padre o madre extramatrimonial que no reconoci\u00f3 al causante cuando era menor de edad; y, por \u00faltimo, los que modificaron, sustituyeron, falsificaron o hurtaron el testamento.<\/p>\n<p>Es importante saber que el causante puede beneficiar al indigno si lo aclara en su testamento y la causa de la indignidad fue anterior a la creaci\u00f3n de \u00e9ste. Esto se denomina perd\u00f3n. Pero queda sin efecto si se prueba que el causante no conoc\u00eda la causa de indignidad cuando efectu\u00f3 su testamento.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La sucesi\u00f3n es un proceso de traspaso de herencia que se inicia al momento de la muerte de una persona. La herencia comprende los bienes materiales, los derechos y las obligaciones del fallecido. 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